Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 01-08-06, por la abogada ANANGELINA GIL AZUAJE, en su carácter de Defensora Privada, contra la sentencia publicada en fecha 17-07-2006 por el Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa extensión Acarigua, mediante la cual condeno al ciudadano EFREN ANTONIO PÉREZ URQUIOLA por la comisión del delito de Difamación Agravada, en perjuicio del ciudadano JOSE ERNESTO RODRÍGUEZ GARCÍA. En consecuencia se ordena la celebración de un nuevo juicio oral y público ante un Juez distinto del que pronuncio la sentencia, de conformidad con el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal.