En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Sexto de Control ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE : Primero :Ordena de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, la Apertura del Juicio Oral y Público en la presente causa seguida a los ciudadana ARELIS ALTAGRACIA POSADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.410.898, de estado civil soltera, natural de Quibor, nacida en fecha 06/06/55, de 54 años de edad, hija de: Eneda Posada y Francisco Ladera, grado de instrucción: 3º año, oficio o profesión: Secretaria, residenciada en Quibor, Calle 13 entre Avenidas 10 y 11, Nº 50-92, Estado Lara, Teléfono: 0424-5608963.por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO FRAUDULENTO DE FONDOS PUBLICOS, previsto y sancionado en el articulo 74 de la Ley Contra La Corrupción.
SEGUNDO: Por no encontrarse llenos los extremos establecidos en el art.....