DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Revisión de Obligación de Manutención solicitada por la ciudadana: Arcadia Yadira Toro Rodríguez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.258.091, en representación de sus hijas xx y xx, contra el ciudadano: Enio Axel Jesús Crespo Castellanos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.153.389 y fija la cantidad de un mil bolívares (Bs 1.000,00) mensuales, más el doble de la cantidad en los meses de septiembre y diciembre para útiles escolares y estrenos decembrinos, más el 50% de medicina cuando lo amerite. Se ordena que dicha cantidad sea depositada por ante el Banco Bicentenario en una cuenta de ahorro Nº 0106870010001404, a nombre de la ciudadana Arcadia Yadira.....