Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en  nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por  autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por  el abogado NESTOR LUIS OROZCO FAJARDO, apoderado judicial de la parte demandante RAFAEL EDUARDO PIEDRA VILLEGAS, contra el auto de fecha 18 de marzo  del año 2011, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa con sede en Guanare, siendo fundamentado dicho recurso en la audiencia por el abogado RAMSES GOMEZ SALAZAR, todo  por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto de fecha 18 de marzo  del año 2011, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa con sede en .....