Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Estadal Nº 10 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: SE ACUERDA EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR CONSUMO conforme a lo establecido en el artículo 141 de la Ley Orgánica de Drogas al ciudadano LEONARDO JOSE PERNALETE ROJAS, Venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cedula de identidad Nº V- 25.563.130, en la presente causa que se les sigue por el delito de POSESIÓN ILÍCITA DE DROGAS Y CONSUMO, previsto y sancionado en los artículo 153 y 141 de la Ley Orgánica de Drogas (Precalificación Fiscal). SEGUNDO: Se Ordena la Práctica de los exámenes psiquiátricos, psicológicos y sociales establecidos en el artículo 141 de la Ley Orgánica de Drogas. TERCERO: No se impone Medida de Coerción Personal alguna al ciudadano LEONARDO JOSE PERNALETE ROJAS, Venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cedula de ident.....