DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 261 de la Constitución Nacional en concordancia con el artículo 69 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 191 del Código Orgánico Procesal Penal, SE DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA del AUTO DE PROCEDER dictado por el Juzgado Militar de Primera Instancia Permanente de Barquisimeto, de fecha 11 de Mayo de 1977; LIBELO DE ACUSACIÓN formulada por el ciudadano Teniente Coronel (AV) Níger Leonel Mendoza García, Fiscal Militar con Jurisdicción ante el Juzgado Militar de Primera Instancia Permanente de Barquisimeto en contra de los ciudadanos MAESTRO TÉCNICO DE SEGUNDA (GN) LUIS EDUARDO SÁNCHEZ YÁNEZ, CABO PRIMERO (GN) VICENTE ADOLF.....