DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 2 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, en la Causa que se le sigue al Adolescente IDENTIDAD OMITIDA , antes identificado, todo de conformidad a lo establecido en el Artículo 561, Literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. . Notifíquese a las partes.
Dada, sellada y firmada en la Sala de audiencias del Tribunal de Control N° 02 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Extensión Acarigua, en Acarigua a los veinticinco (25) días del mes de Septiembre del año dos mil siete.
Abg. NIORKIZ AGUIRRE BARRIOS
JUEZ DE CONTROL N° 02
Abg. URYDY COLINA
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