Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO realizado por la parte demandada, ciudadana: YURBELYS CAROLINA ALVAREZ ORTA, en la demanda por ACCION MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, seguido por la ciudadana NELLY COROMOTO ORTA. Quedando así establecido, la unión concubinaria existente entre la ciudadana NELLY COROMOTO ORTA y el Ciudadano CESAR ENRRIQUE ALVAREZ SEQUERA (Difunto), desde el mes noviembre del 1985, hasta el momento de su muerte, en fecha 16 de mayo del 2000, comprendido por más de catorce años (14) aproximadamente. Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese la copia certificada correspondiente
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito .....