DECISIÓN
En merito de las consideraciones expuestas anteriormente, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Manuel José Barrios, en su carácter de apoderado judicial de la parte agraviada, contra la sentencia dictada el 18 de noviembre de 2002, por el Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Carora; en consecuencia se declara SIN LUGAR el Recurso de Amparo interpuesto por el ciudadano YOVANNY JOSÉ ÁLVAREZ GONZÁLEZ contra EVARISTO SIMÓN ROSAS ROJAS y OLINDA MARBELLA ÁLVAREZ DE ESCALONA, en su carácter de Director Encargado del Núcleo Rural N° 455 y Directora Municipal de Educación, respectivamente.
Queda así CONFIRMADA la sentencia apelada.
De conformidad con.....