En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar, la apelación formulada por el apoderado actor, Abogado JOSÉ RAFAEL LUNA SILVA, en el presente juicio de acción mero-declarativa de concubinato, sigue el ciudadano ANTONIO MARÍA ROBLE, contra la ciudadana JUANA MARÍA MEJÍAS, ambos identificados.
En consecuencia se declara la nulidad del auto de fecha 13-06-2011 y de los actos procesales subsiguientes, hasta la presente decisión, exclusive, y la reposición de la causa, al estado que se ordene la apertura del lapso probatorio ordinario y previa notificación de las partes, sin la presencia en el presente juicio del llamado en tercería, ciudadano JOSÉ FRANCISCO IZURIETA GUERRERO.
Queda revocado el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en l.....