PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada recurrente; y se CONFIRMA en todas sus partes la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 08 de octubre de 2015.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada, conforme a lo dispuesto en el Artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.