DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos antes expuestos, y con fundamento en la jurisprudencia vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, éste Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del estado Portuguesa sede Acarigua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La extinción del procedimiento de jurisdicción voluntaria por pérdida de interés procesal del oferente, en la Oferta Real de Pago presentada por la entidad de trabajo OLEAGINOSAS INDUSTRIALES OLEICA, C.A. (OLEICA), a través de su apoderada judicial., a favor del ciudadano ALEXIS A. HURTADO M., titular de la cédula de identidad N° V- 13.072.233.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Acarigua, a los veinticinco (25) días del mes de noviembre de 2025. Cúmplas.....