Este Tribunal de Control N° 03, decretó a favor del imputado JUAN FRANCISCO MONTILLAS. PRIMERO: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, prevista en el artículo 256 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación periódica por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Penal, cada treinta días, en virtud de la orden de aprehensión dictada en su contra en fecha 05 de mayo de 2005. SEGUNDO: Ordena dejar sin efecto la Orden de Captura, librada en contra del prenombrado imputado en fecha 05 de mayo de 2005.