En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Transito y con Competencia Transitoria en del Protección del Niño y del Adolescente de este Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara Con Lugar la cuestión previa de inadmisibilidad de la demanda, opuesta por la parte demandada en el presente juicio de cumplimiento de contrato, seguido por el ciudadano JOSE VICENTE CIRIMELE DELGADO contra el ciudadano FERNANDO ANTONIO TORRELBA AVILA, ambos identificados.
Se declara parcialmente con lugar la apelación de la parte demandada y queda revocada la decisión definitiva, dictada en fecha 18-11-2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de este Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa.
No hay costas por la naturaleza interlocutoria del fallo.