DISPOSITIVO
Por Las motivaciones expresadas, este Juzgado de Ejecución No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA EL OTORGAMIENTO DE LA FORMULA ALTERNA DE CUMPLIMIENTO DE PENA CONSISTENTE EN DESTACAMENTO DE TRABAJO A LA CIUDADANA MARÍA DEL CARMEN COLMENARES CANELÓN, venezolana, nacida en esta ciudad, estado Portuguesa, en fecha 19 de febrero del año 1974, titular de la cédula de identidad Nº 14.204.776, y actualmente cumpliendo pena en el Internado Judicial del estado Barinas, ubicado en la ciudad de Barinas; por considerar que no están llenos lo extremos exigidos para ello de conformidad con lo establecidos en el artículo 500 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, notifíquese a las partes, ordenándose a los fines de notificar a la penada a través de exhorto que se debe librar al Juzgado de Ejecución que cumple con la competencia de vig.....