Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la FALTA DE CUALIDAD alegada por las partes co-demandadas ciudadanos ALEJANDRO PÉREZ BRITO y JUAN PEDRO PÉREZ BRITO.
SEGUNDO: PARCIAMENTE CON LUGAR la acción intentada por la ciudadana FARIDY ESCALONA KASEM, contra AGROPECUARIA MARFILAR C.A. (AMCA), AGROPECUARIA PÉREZ BRITO C.A (AGROPEBRICA), CONSTRUCTORA PÉREZ BRITO C.A. (COPEBRICA) y solidariamente a los ciudadanos ALEJANDRO PÉREZ BRITO y JUAN PEDRO PÉREZ BRITO, en consecuencia se condena a lo co-demandados pagar a la accionante la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS VEINTISIETE BOLIVARES CON DOCE CENTIMOS (Bs. 2.527,12), más los intereses de mora y la corrección monetaria; por las razones expuestas en la motiva.
TERCERO: No hay conde.....