En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la solicitud de Interdicción Civil, incoada por el ciudadano OMAR ENRIQUE MARTOS HIDALGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.578.617 contra su hermano el ciudadano EDUARDO ANTONIO MARTOS HIDALGO; venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.430.575.
Se designa como Tutor definitivo del interdictado a su hermano OMAR ENRIQUE MARTOS HIDALGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.578.617.
Conforme a lo dispuesto en los artículos 413, 414 y 415 del Código Civil, en conexión con el artículo 65 cardinal 2º de la Ley de Registro Público y de Notariado, se ordena insertar la presente sentencia y el acta de jur.....