VI. DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, RESUELVE:
PRIMERO: Con fundamento en el artículo 442, encabezamiento y aparte primero del Código Penal en concordancia con el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, declara C U L P A B L E a ALEXANDRA VIRGINIA DELGADO, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.996.864, residenciada en Barrio Guasimito, Sector El Canal, entre las Carreteras vía Guanare-Guanarito y Guanare-Gato Negro, Municipio Guanare, Estado Portuguesa de la comisión del delito de DIFAMACIÓN AGRAVADA, hecho ocurrido en perjuicio del ciudadano RICHARD DE JESÚS PINEDA SALGADO;
SEGUNDO: Consecuencialmente, C O N D E N A a la acusada ALEXANDRA VIRGINIA DELGADO a cumplir la.....