PRIMERA: La demandante LIZBETH LETICIA GONZALEZ BRICEÑO, quien en lo adelante se denominará LA TRABAJADORA interpuso demanda por ante este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en la cual señala que presta sus servicios actualmente para la empresa CORPORACIÓN VENEZOLANA DE ALUMINIO, C.A, en la fecha de ingreso y salarios que allí se mencionan, los cuales se dan aquí en su totalidad por reproducidos. En su libelo de demanda, señala LA TRABAJADORA que no le pagaron en calidad de préstamo el 100% de su salario durante unos reposos médicos, pre y postnatal, de conformidad a la Cláusula 21 de la Convención Colectiva que rige en la empresa, ni tampoco el beneficio de alimentación (Cesta Ticket) durante esos periodos de reposos médicos, pre y postnatal, que la ascendieron a un puesto superior sin haber sido notificada y sin plantearle un ajuste de su salario, que le causaron un daño moral por el estrés sufrido por no percib.....