DISPOSITIVO
Por los motivos expuestos este Tribunal de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; Acuerda la revocatoria por contrario Imperio auto de mero tramite mediante el cual se acordó orden de captura contra la ciudadana Maritza Rodón, identificada en autos como venezolana, con domicilio en la avenida Cuatricentenaria, bloque 13, piso 01 apartamento 01-04 Barinas, estado Barinas, reformando la situación de requisitoriada a la que fue sometida mediante las ordenes que en fecha 15 de mayo del año 2008, fueron emitidas por este Juzgado todo de conformidad con lo establecido en el artículo 176 del Código Orgánico Procesal Penal.
Registres, déjese copia, notifíquese y ofíciese lo conducente.
La Juez de Ejecución N° 1
Abg. Dulce María Duran Díaz
El Secretario;
Abg. David Correa.