En este estado el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Guanarito y Papelón del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, actuando por Comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara embargado ejecutivamente los bienes señalados por la parte actora debidamente avaluados por el Perito, los cuáles se dan por reproducidos. Seguidamente este Juzgado Ejecutor de medidas procede a entregarle los bienes a la Depositaria Judicial Portuguesa C.A., representada en este acto por la ciudadana María Nieto, para su debida guarda y custodia, quien lo recibe conforme. Presente en este acto el ciudadano Eugenio Rivero ya identificado con el carácter de Encargado de los bienes embargados y asistido por el Abogado Rafael Blanco Roche, Titular de la Cédula de identidad N° 8.059.405 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 22.252 y expone: por cuanto los bienes embargados son propiedad de la Ques.....