DISPOSITIVO
Por todo lo antes expresado este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide: De conformidad con lo dispuesto en los artículo 190, 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal, Primero: DECLARA LA NULIDAD DEL ACTO CONCLUSIVO, presentado por la Fiscal Sexta del Ministerio Público Abg. Simara López, relacionado con la acusación en contra del ciudadano Cirilo Abraham Orellana Sandoval, venezolano, de 34 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.068.511, soltero, natural de Maraca Cumarepo-Estado Portuguesa; con fecha de nacimiento 29/03/1974, de ocupación obrero y residenciado en el Barrio La Pastora, sector Los Guasimitos, calle principal, casa sin número, Guanare Estado Portuguesa.; por la comisión del delito de Violencia Psicológica y Amenaza de Grave Daño, previsto y .....