Es por lo que, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa - Acarigua declara: IMPROCEDENTE la solicitud de medida de cautelar innominada solicitada por el Abogado GUSTAVO ALBERTO ALVARADO REINOSO Apoderado Judicial de la parte actora, ciudadana FE CARIDAD MORENO MONTILLA. Así se decide.-
El Juez
Abg. José Gregorio Marrero
La Secretaria,
Abg. Riluz del Valle Cordero Sulbaran