ciudadano Víctor Manuel Bencomo Gudiño y solicita el derecho de palabra y concedido expone: Ofrezco al abogado el pago de la deuda en 2 partes de la siguiente manera: el 15 de mayo y el 15 de junio las cantidades de Mil Setecientos Setenta y Seis Bolívares con Noventa y Nueve Céntimos y Mil Bolívares de los gastos de ejecución lo que suma un saldo de Dos Mil Setenta y Seis Bolívares con Noventa y Nueve Céntimos, cancelándose la misma el 15 de mayo Ochocientos Ochenta y Ocho Bolívares con Cuarenta y Cuatro Céntimos y el 15 de junio Ochocientos Ochenta y Ocho Bolívares con Cuarenta y Cuatro Céntimos. Es todo. Seguidamente solicita el derecho de palabra el Abogado José Gregorio Hernández Quintero y concedido expone: Acepto el ofrecimiento hecho por la parte demandada y solicito al tribunal así lo haga constar es todo. El tribunal oída la manifestación de las partes y por cuanto no hay otro particular que tratar acuerda el regreso a su sede natural.