Este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha 13 de abril de 2005, por el abogado MARCIAL MENDOZA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, EDGAR VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.549.726 y de este domicilio, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 07 de abril de 2005.