DECISIÓN
Por lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control No. 1 de la Sección de Responsabilidad Penal de adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la aprehensión en flagrancia, de conformidad con el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y que el presente asunto se tramite por la vía del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, en la causa seguida por los delitos de Violencia Física, Violencia Psicológica y Amenazas, previstos en los artículos 42, 39 y 41 y de conformidad con lo previsto en el artículo 582 literales B y C de la LOPPNNA, se le impone al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, las medidas cautelares de someterse bajo el cuidado y vigilancia de la ciudadana Carmen Consuelo Colmenarez, en su condición de Abuela Materna y Presentación cada 8 días por ante la taquilla de imput.....