DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas del Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por los ciudadanos: HILDA DEL CARMEN PEREZ COLMENARES, Venezolana, mayor de edad, Titular de la cedula de Identidad N° 24.508.428, domiciliada en el Caserío Rio Caro, Sector "Caro Nuevo" del Municipio Ospino Estado Portuguesa, y el ciudadano EDWARD LUIS PEREZ OLAVARRIETA, Venezolano, Mayor de Edad, Titular de la cedula de Identidad V: 23.300.187, con domicilio en el Caserío Rio Caro, Sector "Caro Nuevo" del Municipio Ospino Estado Portuguesa respectivamente y DISUELTO en consecuencia el Matrimonio por ellos contraído, 25 de Febrero del año 2011, por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Ospino del Estado Portuguesa. Según acta N° 13,.....