D I S P O S I T I V A
Por las razones y los fundamentos de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Mediación y Sustanciación y en Funciones de Ejecución de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda la REPOSICION DE LA CAUSA, al estado de admitir la solicitud y ordenar la notificación de la parte solicitante, ciudadana ELIZABETH ÁLVAREZ DE MEJÍAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.435.917, conforme a lo establecido en los artículos 456 y 457, de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescente. Se ordena fijar oportunidad para la celebración de la audiencia única establecida en el artículo 512 ejusdem, exceptuando la publicación del cartel de notificación, en aplicación al principio de la economía procesal y en atención al.....