Este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano EDWAR GIOVANNY MORENO MENDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 12.709.300, por la comisión del delito de Alteración de Seriales, previsto y sancionado en el artículo8 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos, por hecho punible cometido en perjuicio de la Seguridad de los Medios de Transporte, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 1º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, al estimar este Tribunal que del análisis de las actas que integran esta causa, no surgen los elementos necesarios que permitan atribuir el hecho objeto de la presente causa a la acción del imputado.
Notifíquese a las partes de la presente decisión. Regístrese, Publíquese y remítase el asunto en su oportunidad.....