DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA CON LUGAR, la solicitud formulada por el penado al ciudadano MONJE EDUARDO JOSÉ, precedentemente identificado, todo de conformidad con los artículos 479 del Código Orgánico Procesal Penal, 13 de de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Régimen Penitenciario y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.. Así se decide.
Regístrese, Notifíquese, Déjese copia y se ordena a la Dirección del Centro Penitenciario de los Llanos cumplir con el traslado ordenado, particípese a la Dirección de Custodia y Rehabilitación del Recluso proveer lo conducente para dar ejecutar lo aquí decretado. Solicítese el concurso de la Fiscalía con competencia en materia de derechos fundamentales y ejecución de penas y medida.....