III
DECISION
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana, ANGI MARIELA CACERES, abogada en ejercicio inscrita en el IPSA bajo el Nro. 108.694 apoderada judicial de la ciudadana YILENNYS DORANTE, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. 15.057.659 en contra la sentencia dictada en fecha 23 de julio de 2007 por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
Expídase copia certificada de la presente sentencia para ser agregada al libro respectivo, conforme a lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese y regístrese.
Dada, firmada, sellada y refrendada .....