Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Cuarto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al ciudadano ENDER PASTOR ARRIECHI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 26.121.452, de 24 años de edad, domiciliado en El Barrio 5 de Julio , Avenida principal Andrés bello, frente a la farmacia Las Delicias, casa Nº 74, Barquisimeto Estado Lara, a cumplir la pena de (3) años de Prisión, por el delito de HURTO CALIFICADO previsto y sancionado en el Articulo 453, ordinal 3º del Código Penal, SEGUNDO: Se mantiene la medida de coerción personal decretada al procesado en su oportunidad mientras la presente causa es remitida al juzgado de Ejecución correspondiente a los fines previstos en el libro Quinto del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se exonera a la .....