Revisados todos los puntos anteriores y confirmados, este Juzgado Primero Ejecutor de medidas. Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara embargada ejecutivamente la cantidad de doce mil noventa bolívares (Bs. 12.090,00) depositados en la cuenta corriente identificada con el Nº 0134-0218-3221-8101-6485 perteneciente a la empresa aseguradora grupo cosaca de Venezuela C.A, parte demandada en la presente causa, solicitando a su vez la emisión de un cheque de gerencia a favor del ciudadano abogado José Miguel Aldana Rojas, anteriormente identificado. Acto seguido la notificada le hace entrega al tribunal de un cheque de gerencia a favor del ciudadano abogado José Miguel Aldana Rojas, supra identificado, signado con el Nº 40807805 emanado de la agencia bancaria donde se encuentra constituido este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas por la cantidad de doce mil noventa bolívares (12.090,00); el cual se deja en poder del apode.....