En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JOSÉ ELADIO MENDOZA, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad Nro. 5.242.200 contra la empresa CONTROL INTERNO EL GUARDIAN CREPUSCULAR, C.A. y solidariamente contra el ciudadano EDISON DELVIS ROJAS DURAN