DECISION
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Se RATIFICA por estar conforme a derecho la decisión consultada la cual fue dictada en fecha 11 de Junio del año 2012 por Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en la que decidió:
"DECRETA LA INTERDICCIÓN DEFINITIVA del ciudadano TEOFILO ANTONIO PEÑA FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.405.322, y se designa como TUTORA DEFINITIVA a la ciudadana BRENDA GREGORIA PEÑA FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.378.211, y de este domicilio. Se designa como integrantes del Consejo de Tutela a los ciudadanos RAMON MELQUIADES FLORES, ANA JULIA GIMENEZ PEÑA, YONATHAN EDUAR.....