En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: Inadmisible la acción de protección en beneficio de los estudiantes niños y adolescentes, incoada por el CONSEJO ESTADAL DE DERECHOS DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, representado por la Ciudadana JUDITH COROMOTO FERNÁNDEZ MORA, en su condición de Presidenta, y demás miembros de dicho Organismo: TITO RAFAEL ESCALONA, GREGORIA RAMONA VALERO BRICEÑO, VICTORIANO ANTONIO GUDIÑO GONZALEZ, ROSA VIRGINA MARTINEZ VIVAS, NICOLÁS GEGORIO GIACOMO MARRUFO, COROMOTO ANTONIO MONTILLA, GUMERCINDA HIDALGO, MARIA CECILIA SEGUERA ALDADA, BELKIS COROMOTO QUINTERO MONTILLA, VICENTE CARMONA, contra la DIRECCION DE EDUCACION DEL ESTADO PORTUGUESA, representada por la.....