Este Juzgado de Juicio Nº1, constituido en Tribunal Mixto, integrado por los escabinos YARITZA CORTEZA CRUZCO MENDOZA y SENAIDA DEL CARMEN MEDINA ULACIO y por el Juez Presidente, Abogado OMAR FLEITAS FLORES, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por unanimidad ABSUELVE a los acusados JOSE ALEXIS CASTRO TORRES, venezolano, nacido el 09-07-1986, de 18 años de edad, residenciado en la calle 05, del Barrio Páez, Acarigua, Estado Portuguesa y titular de la Cédula de Identidad No. V-17.599.762 y LUIGI JESUS VIERA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº19.051.118, fecha de nacimiento el 28-08-1986, de 18 años de edad, residenciado en la calle 13 con avenidas 34, casa No. 38 del Barrio La Goajira Acarigua, Estado Portuguesa, por la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano ALEXIS JESUS MENDEZ, por lo que, los referidos ciudadano quedan en libertad plen.....