Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 24/02/06 por la Abogada Aura Mercedes Pieruzzini Rivero en su carácter de coapoderada de la parte actora, contra la sentencia dictada por el a quo en fecha 21/02/06.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que declaró Sin Lugar la cuestión previa por defecto de forma opuesta por el demandado y Sin Lugar la demanda que por resolución de contrato de arrendamiento de un local comercial ubicado en el Edificio "Italia" en la calle 30 con avenida 28 de la ciudad de Acarigua, ocupado por la Pana.....