Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: 1.) CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogado FANNY COLMENARES GARCIA, en su carácter de defensora del acusado YOLBER RAMON ROMERO ESCOBAR, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en función de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Acarigua, en fecha 07 de noviembre de 2006, mediante la cual CONDENO a los acusados YOLBER RAMON ROMERO ESCOBAR, ALEXIS DIAZ RODRIGUEZ, WOLFGAN MORALES MENDOZA y YILBER ESCALONA VILORIA, a cumplir la pena de ONCE (11) AÑOS y TRES (03) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA EN GRADO DE FRUSTRACION, en perjuicio de CIUDAD TRAKI, MENDOZA MARÍA GABRIELA. MENDOZA DUNNAL DUNAMEL, FAKES .....