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Decisiones del dia 27/03/2007

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución LOPNA
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 1E-284-05 N° Sentencia : Fecha: 27/03/2007
Procedimiento:
Computo
Partes:
ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA FISCAL QUINTA DEL MINISTERIO PUBLICO DEFENSORA PUBLICA ESPECIALIZADA
Resumen:
Ahora Bien, Conforme a lo establecido en el articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal aplicado supletoriamente en virtud de lo dispuesto en el articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda notificar de lo aquí decidido al Ministerio Público, a las victimas, al sancionado y su Representante Legal y a su Defensora Pública, quienes podrán hacer las objeciones que estimen pertinentes al cómputo, dentro del plazo de cinco días. Dictada, firmada y sellada en el Tribunal de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Acarigua, a los 27 días del mes de Marzo de 2007. Abg. CARMEN XIOMARA BELLERA. Juez de Ejecución Abg. URYDY COLINA. Secretaria.
Juez/Ponente:
Carmen Xiomara Bellera
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución LOPNA
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N° Expediente : 1E-288-05 N° Sentencia : Fecha: 27/03/2007
Procedimiento:
Computo
Partes:
ADOLESCENTE IDENTIDA OMITIDA FISCAL QUINTA DEL MINISTERIO PUBLICO DEFENSORA PUBLICA ESPECIALIZADA
Resumen:
Ahora bien, este Tribunal, al computar desde el día 15-06-06, fecha en la cual se establece que el adolescente sancionado ha cumplido con la sanción por el lapso de de Dos (2) meses y trece (13) días, hasta el día 02-03-07, fecha en la cual es consignada la última copia de la boleta de permiso del servicio militar, determina que ha cumplido por el lapso de siete (7) meses y quince (15) días, que sumados al lapso anteriormente computado de dos (2) meses y trece (13) días, da como resultado que el sancionado IDENTIDAD OMITIDA, ha cumplido con la sanción de Reglas de Conducta por el lapso de nueve (9) meses y veintiocho (28) días. Conforme a lo establecido en el articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal Aplicado Supletoriamente en virtud de lo dispuesto en el articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se acuerda notificar de lo aquí decidido al Ministerio Público, a la victima, al sancionado y a su Defensora Pública, quienes podrán hacer la.....
Juez/Ponente:
Carmen Xiomara Bellera
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución LOPNA
arriba

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