Por los motivos expuestos de hecho y de derecho, cree este juzgador que el Tribunal de la Primera Instancia Civil, redargüido en amparo, en el fallo impugnado, no actuó fuera de su competencia, no incurrió en abuso o desviación de poder y tampoco conculcó al recurrente los derechos y garantías constitucionales denunciados atinentes al derecho de defensa, al debido proceso, ni a ninguna norma legal, cuya violación hiera directamente las prerrogativas y derechos ciudadanos consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por lo que en consecuencia, la presente acción de amparo constitucional, incoada por el ciudadano JOSE ELI PINEDA contra la sentencia definitiva, dictada en fecha 06-02-2008 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de este Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa, representado por el Abogado RAFAEL RAMÍREZ MEDINA, debe ser declarada Sin Lugar y así se decide, administrando Justicia en nombre de la R.....