Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al ciudadano YOHANNEL CELESTINO CORONA TORRES, C.I. N° 19.324.001, de 19 años de edad, Soltero, Desempleado de oficio, 7° de instrucción, nació en fecha 01-05-1990, natural de esta ciudad, hijo de Gloria Torres y Avianel Corona, residenciado en el Barrio Los Luises, carrera 12 entre calles 11 y 12, casa N° 11-14, a una cuadra de un Frigorifico Mi Mansión Celestial y de una cancha, de esta ciudad, a cumplir la pena de UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por ser autor responsable del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal vigente, por hecho cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, calculándose la pena correspondiente con fundament.....