DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Niega la calificación de flagrancia en la aprehensión de que fue objeto la ciudadana Maria de los Ángeles González Valderrama, venezolana, natura de Guanare, de 22 años de edad, nacida el 29/04/1985, soltera, estudiante, titular de la cédula de identidad N° 17.881.120, residenciada en el Barrio Bello Monte, vía Cabrero, calle principal, casa S/N de color rosada, Guanare Estado Portuguesa, por la presunta comisión del delito de violencia física, previsto y sancionado en el artículo el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
2.- Acuerda la libertad de la ciudadana Maria .....