En virtud de lo anteriormente expuesto, ESTE TRIBUNAL DE JUICIO UNIPERSONAL N° 03, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE GUANARE ESTADO PORTUGUESA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA CULPABLE al Ciudadano Acusado: BASTIDAS COLMENAREZ JOSE LUIS, venezolano, mayor de edad, nacido en la población de Biscucuy, Municipio Sucre Estado Portuguesa, en fecha 07/11/1989, obrero, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.327.151, residenciado en el Barrio en el Barrio La Montañita, calle principal, casa N° 11, Biscucuy Estado Portuguesa, en la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO (por la concurrencia de circunstancia de ALEVOSÍA, de acuerdo al numeral 1° del artículo 406 del Código Penal) en la persona de la adolescente K. R. A. T. (Se omite por razones de ley) Y VIOLACION, previsto y sancionado en el articulo 374 del Código Penal Venezolano en perjuicio de la adolescente K. R. A. T. (Se omite por razones de le.....