En este estado, el Tribunal Ejecutor de Medidas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley declara: la desposesión jurídica de los bines antes señalados descritos y embargados de manera Preventiva, y si los entrega para su guarda custodia a la depositaria judicial designada, quien estando presente lo recibe conformes en las condiciones en que se encuentra, comprometiéndose a cuidarlo como un buen padre de familia. En este estado la depositaria judicial expone: "Recibo y acepto los bienes antes identificados y descritos, en las condiciones en que se encuentran y solicito en este mismo acto, copia certificada de la presente acta, es todo"