Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Extinguida la Pena Principal Corporal, al ciudadano Guerra González Othnni Samuel titular de la cédula de Identidad N° V-13.738.662, natural de San Nicolás Estado Portuguesa, nacido en fecha 25-09-1979, residenciado en la calle 01, casa s/n San Nicolás Estado Portuguesa, por cumplimiento de la misma, por la comisión del delito de Aprovechamiento de Vehículo proveniente del Robo, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, quedando sujeto a las penas accesorias de ley hasta el 14-10-07 .
Regístrese, notifíquese, ofíciese lo conducente, déjese copia y Archívese.-
La Juez de Ejecución N° 2,
Abg. Narvy Abreu Moncada
El Secretario,
Abg. Rafael Colmenares
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