en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en la causa iniciada por demanda de partición y liquidación de la comunidad concubinaria, propuesta por MARÍA LESLY VARGAS ya identificada, contra RAFAEL ANTONIO TORREALBA RODRÍGUEZ también identificado, declara EXTINGUIDO EL PROCESO y LA NULIDAD de todas las actuaciones realizadas en la presente causa, desde el auto del 31 de enero de 2007 en el que se advirtió a las partes, que comenzaba a transcurrir el lapso de cinco días para la contestación de la demanda y que sean anteriores a la presente decisión.