En efecto, por todas las razones de derecho y de hecho establecidas anteriormente, este Juzgado 1ero de Juicio Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa con sede en Acarigua declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por el ciudadano JHONNY COROMOTO CASTILLO en contra de la INDUSTRIA AZUCARERA SANTA ELENA por cobro de diferencia sobre prestaciones sociales y demás conceptos laborales.