En base a lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Juicio N° 03, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RATIFICA LA FORMULA ALTERNATIVA DE PROSECUCION DEL PROCESO DE SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, en consecuencia se SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PROCESO POR UN (01) AÑO, seguido en contra del acusado CARLOS ALBERTO MENDOZA FERNANDEZ, ya identificado, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del ORDEN PÚBLICO, contados a partir de la fecha de presentación del penado ante la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación de Apoyo Penitenciario N° 08, ubicado en la calle Mariño, Antigua sede de obras publicas, Edificio Inspector de Transito, frente a la ONIDEX, San Félix Estado Bolívar; todo de conformidad con el articulo 43, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código.....