Por lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por Visto el recurso de apelación interpuesto, por el abogado ARÍSTIDES ADRIAN HIGUERA, actuando con el carácter de Defensor Privado de la ciudadana NAILETH DEL CARMEN YAJURE, contra la decisión dictada en fecha 16- 09-2008, por el Juzgado de Control N° 2 con sede en Acarigua de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad a su defendida, por la comisión del delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en Cantidades Menores.